Certificación energética

El pasado 1 de junio de 2013 entró en vigor el Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. A partir de este momento, es obligatorio disponer del certificado energético para edificios o viviendas que se vendan o se alquilen, y para edificios públicos de más de 500 m2.

En Edilar le podemos realizar el certificado con el que obtendrá la etiqueta energética para alquilar o vender su vivienda.

El ámbito de aplicación es:

  1. Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario: a partir del 1 de junio de 2013.
  2. Edificios o partes de edificios propiedad de una entidad pública con una superficie total superior a 500 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 1 de junio de 2013.
  3. Edificios o partes de edificios propiedad de una entidad pública con una superficie total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 9 de julio de 2015.
  4. Edificios o partes de edificios alquilados de una entidad pública con una superficie total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público: a partir del 31 de diciembre de 2015.

Y si lo que necesita es mejorar la eficiencia energética de su edificio o vivienda, le ofrecemos una auditoría energética.

Podéis encontrar una Guía breve de la certificación energética de edificios en la página del Institut Català d’Energia, ICAEN, así como información y preguntas frecuentes FAQs en la página del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energia, IDAE.

Solicitud de más información en infoedilar[arroba]edilar.net